Son
cada vez más los ahorradores que pueden beneficiarse de las ventajas fiscales
de los fondos de inversión al tratarse de un producto que está ejerciendo de
refugio ante la importante bajada de rentabilidad de los principales productos
de ahorro (cuentas remuneradas, imposiciones a plazo, pagarés bancarios, etc.).
En efecto, esto es así porque los partícipes de los fondos no pagan impuestos hasta que retiran su inversión, es decir, cuando
los venden definitivamente. Período, que por otra parte, puede durar muchos
años si el objetivo de su inversión está destinado al medio o largo plazo, algo
por otra parte habitual en este tipo de productos financieros.
Y todo
ello a diferencia de lo que ocurre frecuentemente en los mercados bursátiles,
en donde las operaciones son más dinámicas y con duraciones más cortas, que se
cierran cuando se han alcanzado los objetivos planteados inicialmente.
Estrategia, que otra parte, puede formalizarse perfectamente en pocas semanas,
o meses, y que incluso se materializa a través de operaciones de carácter
especulativo o intradia (realizadas en el mismo día). Los fondos, en cambio,
son más propensos por sus especiales características a tener los ahorros
durante mayor tiempo, conformando un
plan de ahorro a largo plazo en muchas ocasiones, y en algunas hasta para
rentabilizarlos de cara a la jubilación.
Los fondos de inversión se
caracterizan porque sólo tributarán
cuando se vendan definitivamente, única y exclusivamente. Esto en la
práctica significa que los pequeños y medianos ahorradores podrán traspasarlos
cuantas veces deseen a otra gestora u otros fondos diferentes sin tener que
tributar por este movimiento durante el período de tiempo que consideren
oportuno. Esta operación fiscal solamente se producirá en los casos en que se
decida rescatar parcial o totalmente las aportaciones realizadas, que entonces
sí que exigirá su tributación con su tipo correspondiente.
Esta estrategia tiene la ventaja
que si no estamos conformes con la evolución de un fondo (o varios) de nuestra
cartera de inversión no hará falta venderlo para prescindir de él, sino que
sencillamente traspasándolo hacia otro fondo
se habrá conseguido eludir este pago sin ningún coste fiscal, y durante el
período de tiempo que deseemos ya que se trata de una operativa ilimitada. Esta
es una característica muy definida en los fondos de inversión, y de la que
carecen otros productos para la inversión (bolsa, operaciones a crédito, warrants, etc.). Puede llevarse a la
práctica con cualquier fondo, de renta fija, variable o de composición mixta, y
también con los procedentes de todas las gestoras.
Incluso da pie a emplear algún truco legal para pagar menos
impuestos. ¿Cómo?, se preguntarán incrédulos algunos usuarios. Pues bien,
en situaciones como la actual en España, donde estos productos están
penalizados con retenciones muy altas (21%), y pueda preverse que en los
próximos años la carga fiscal baje sensiblemente. Aceptando esta hipótesis
económica, los partícipes podrían decantarse por no vender sus fondos, y de
estar insatisfechos con los mismos, traspasarlos a otros de estos productos
financieros hasta que llegase el momento de un descenso en su tributación. Con la
aplicación de esta actuación, los inversores podrían ahorrase un mínimo del 1%
en sus operaciones de venta (si las retenciones bajasen a un tipo máximo del
20%). Y que en el caso de una inversión de 20.000 euros supondría un ahorro a
partir de 200 euros si los usuarios se decantasen por esta sencilla operación.
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