“Los
juzgados especializados en cláusulas suelo reciben 57.000 demandas en tres
meses” o “La masiva entrada de casos de cláusula suelo hunde y sume en el caos
al Juzgado” son algunos de los titulares más destacados de este pasado mes de
septiembre en relación a la famosa ‘cláusula suelo’ aplicada por los bancos.
Pero, ¿qué es y cómo afecta a tu hipoteca? Si tu hipoteca la tiene… ¿qué debes
hacer? El comparador financiero y de minicréditos
con ASNEF WannaCash.es responde a estas y otras preguntas.
La
cláusula suelo es una condición de la entidad bancaria que impide a los
hipotecados a tipo variable beneficiarse de las caídas del Euríbor -u otro
índice como el IRPH- en la cuota que pagan mensualmente, puesto que establece
un tipo de interés mínimo a pagar. Una cláusula que aparece en la propia escritura del préstamo hipotecario -no de la
vivienda- y que en ocasiones resulta incomprensible debido a su poca claridad y
al uso de tecnicismos alternativos como “tipos de interés mínimo/variable”,
“horquilla de interés” o “límite de la variabilidad”.
Por
ello, y a pesar que el índice del Euríbor bajaba de manera constante desde el
inicio de la crisis económica en el 2009, muchos hipotecados no veían una
reducción en sus cuotas mensuales. El porqué es evidente: se había activado la
cláusula suelo de su contrato. El suelo hipotecario, sin embargo, no tiene ningún efecto en las hipotecas de
tipo fijo, por el simple hecho de que el interés aplicado en este caso no
sufre variaciones a lo largo del tiempo y no tendría sentido aplicar un límite
mínimo.
Veamos
un ejemplo práctico para contextualizar la dimensión de esta cláusula: pongamos
que, hace varios años, contratamos un préstamo hipotecario, cuando el Euríbor
cotizaba al 3% que, sumado al diferencial de un 1%, nos hacía pagar un total de
4% de intereses, pero nuestro contrato tenía incluida una cláusula suelo del
3%. Entonces, debido a la situación de flaqueza de la economía, el Euríbor baja
su cotización y se sitúa en el 0,5%, por lo que el banco aplicaría la cláusula
suelo y nos cobraría el 3% y no el
resultado de sumar el 0,5% del Euríbor más el 1% diferencial (que resulta el
1,5%). Es decir, pagaríamos el doble.
A
este respecto, el Tribunal Supremo anunció que los bancos deberían devolver las cantidades cobradas de más en los casos en
los que exista una falta de transparencia de información. De hecho, indica que
las cláusula suelo son “lícitas siempre que su transparencia permita al
consumidor identificarlas como definidoras del objeto principal del contrato y
conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos”.
Además,
tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 21 de
diciembre de 2016, el Tribunal Supremo
acató que los afectados por el suelo hipotecario podrán recuperar todo el dinero que pagaron de más, desde el primer
día que se empezaron a aplicar y no desde mayo de 2013, como se indicó en un
principio.
Desde
Adicae, una de las asociaciones movilizadas por la nulidad de las cláusulas
suelo, aconsejan a todos los hipotecados dejar
de pagar estos porcentajes -en caso de que se estén o hayan aplicado de
manera poco transparente- y acudir a las entidades correspondientes a exigir la
anulación y devolución del dinero.
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