En el
mundo de los seguros no solo se venden los clásicos seguros de vida, coche y
hogar, también se comercializan seguros cuyo objetivo es garantizar que el deudor pagará las cantidades derivadas de un préstamo
-hipotecario, personal o rápido-. Pero, ¿qué situaciones cubren este tipo de
seguros? ¿Hay un límite temporal y cuantitativo? ¿Son muy caros?
Si
bien es cierto que el seguro de protección de pagos o préstamos existe desde
hace varios años, su uso se ha popularizado recientemente con la llegada de la
crisis económica a nuestro país. La funcionalidad es clara: este seguro paga una parte o el total de la cuota del
préstamo durante el tiempo indicado en la póliza en el caso de que los
titulares del préstamo se queden en paro o tengan una incapacidad temporal
(IT). Debe quedar claro que estas dos opciones son alternativas, es decir, la
póliza establecerá la garantía que opera según la situación laboral del
asegurado. La cobertura por desempleo se vincula a trabajadores por cuenta
ajena indefinidos y la IT a trabajadores por cuenta ajena temporales, autónomos
y funcionarios.
La
idea del seguro es proteger al cliente y al banco en caso de incurrir en alguna
de estas dos situaciones, en cuyo caso el seguro se hará cargo de la cuota del préstamo con un límite máximo de cuotas
protegidas -generalmente 12 cuotas seguidas o 24/36 alternas en un periodo
de 5 años- que podrás negociar con la entidad bancaria.
En el
caso de que el cliente se quede en paro, debería constar como trabajador por
cuenta ajena indefinido -con más de 6 meses de antigüedad- o como trabajador
fijo discontinuo durante el periodo de trabajo efectivo. Además, hay otro tipo de exclusiones en las que no
existe cobertura: despido procedente (por absentismo laboral, por ejemplo)
despidos sin derecho a paro (si no se ha cotizado lo suficiente) o
dimisión/rescisión del contrato laboral por parte del trabajador.
Respecto
a la incapacidad temporal, cubre las
cuotas en caso de que el trabajador tenga un accidente o enfermedad que lo
incapacite para realizar su trabajo, por lo que será necesario presentar la
baja médica dictaminada por un médico de la Seguridad Social. La baja por
maternidad, y esto es muy importante, no estará cubierta en ningún caso.
Como
hemos mencionado anteriormente, el seguro no
cubre la vida del préstamo hipotecario en su totalidad, si no entre 5 y 8
años, aunque son condiciones que siempre se pueden negociar con el banco. Por
otro lado, y a pesar de contar con un precio relativamente alto, el coste del
seguro de protección de pagos varía según el capital asegurado, el periodo de
vigencia de la hipoteca e incluso la edad del cliente en cuestión.
En
definitiva, puede ser un seguro de mucha utilidad pero, como indica el
comparador financiero y de préstamosrápidos WannaCash.es, es recomendable analizar tu situación
personal, laboral y económica para saber si la cobertura del seguro sería
óptima o insuficiente en tu caso particular.
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